Andrés Retamales, abogado y político chileno, defensor de confianza. Litigante, defensor y colegiado. Mail: andresretamales@yahoo.com. WhatsApp: +569 9755 7091

sábado, 21 de marzo de 2020

Corte Suprema, sentencia Santa Cruz y otros con Municipalidad de Vitacura, acoge recurso de casación en el fondo, deja sin efecto permiso de edificación, trece de marzo de dos mil veinte.

Corte Suprema, sentencia Santa Cruz y otros con Municipalidad de Vitacura, acoge recurso de casación en el fondo, deja sin efecto permiso de edificación, trece de marzo de dos mil veinte.
Referencia:
https://www.pjud.cl/documents/396543/0/ILEGALIDAD+EDIFICIO+O+BRIEN+VITACURA.pdf/0e2f5b8c-7085-4631-8e07-09d0e85f1023

https://issuu.com/andresretamales01/docs/corte_suprema__sentencia_santa_cruz_y_otros_con_mu




Análisis de la sentencia:

1- Suma
Tribunal: Corte Suprema.
Rol: 6.755-2019.
Fecha: trece de marzo de dos mil veinte.
Partes: Santa Cruz y otros con Municipalidad de Vitacura.
Recurso planteado: recurso de casación en el fondo (acogido).

2- Hechos:

2.1- Objeto de la controversia:
2.1.1- La emisión de un permiso de edificación por la Dirección de Obras Municipales, en circunstancia que el Plan Regulador Comunal, en su artículo 43 N° 48, vigente a la fecha en que se solicitó el certificado de antecedentes previos –así como la aprobación del anteproyecto y el otorgamiento del permiso cuya ilegalidad se solicita- no permitía la construcción de edificios de oficinas en el lugar que se emplaza el inmueble sobre el cual se desarrolla el proyecto de construcción.
2.1.2- Fundamento de la DOM para emitir el permiso de edificación:
La Contraloría General de la República, en Dictamen N° 11.765/2017, emitido a solicitud del titular del proyecto, sostuvo que el artículo 43 N° 48 de Vitacura, se aparta de lo previsto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de su Ordenanza.

3- Derecho:
"La Corte Suprema de manera reiterada ha sostenido que los dictámenes de la Contraloría General de la República son obligatorios y vinculantes para los órganos de la Administración del Estado, entre los que se encuentran las Municipalidades, pero no vinculan de modo alguno a los Tribunales de Justicia, pues no sólo no existe norma alguna que así lo disponga, sino que, además, la actividad jurisdiccional en este ámbito está destinada a controlar, precisamente, las decisiones de la autoridad administrativa, de manera que puede adoptar sus determinaciones con plena independencia del parecer que, en una materia particular, sostenga el órgano contralor."
(Corte Suprema, Roles N°s 15477-2018, 23018-18, 7269-18, 18760-18 y 2789-2019).

4- Decisión:
La sentencia de la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el reclamo de ilegalidad municipal presentado por vecinos en contra del Permiso de Edificación otorgado por la Municipalidad de Vitacura que autorizó la construcción del edificio.