Nuevas instrucciones y criterios de Contraloría General de la República
para los funcionarios que trabajan a contrata
(dictámenes N° 85.700, 22.766 y 23.518 del año 2016).
para los funcionarios que trabajan a contrata
(dictámenes N° 85.700, 22.766 y 23.518 del año 2016).
Referencia:
Por Andrés Retamales.
Abogado.
Lo positivo de estos nuevos
criterios de la Contraloría General de la República es que otorgan estabilidad
en la función pública, estabilidad frente al peor empleador, el Estado. Además
evita que al cambiar el color político del gobierno se dañe a la función pública
y, consiguientemente a los trabajadores del Estado con el clientelismo y el
spoil system. Esto considerando además que la función pública no es una relación
laboral más, cuyos problemas se puedan solucionar con la sola legislación
laboral.
No obstante lo anterior, el principio
de la protección de la confianza legítima (permanencia en la regulación y
aplicación del derecho), es un principio ajeno a nuestra tradición jurídica.
Basta revisar las actas de la Comisión Ortúzar (CENC) y difícilmente el constituyente
pensó en derivar desde los principios constitucionales de Estado de Derecho
(arts. 5, 6 y 7 CPR) y de seguridad jurídica (art. 19 N° 26 CPR) el mencionado
principio.
Mas que traer elementos de la
doctrina alemana (vertrauenschutz), tan ajena a nuestro derecho, mejor sería para
la jurisprudencia administrativa chilena avanzar en crear tribunales
contenciosos administrativos generales, y no mantener la situación actual de
una enorme cantidad de procedimientos y distintas jurisdicciones que conocen de los conflictos
administrativos.