Andrés Retamales, abogado y político chileno. Defensor de confianza, litigante y colegiado. Mail: andresretamales@yahoo.com. WhatsApp: +569 9755 7091
Andrés Retamales, abogado y político chileno, defensor de confianza. Litigante, defensor y colegiado. Mail: andresretamales@yahoo.com.
WhatsApp: +569 9755 7091
lunes, 28 de agosto de 2017
jueves, 24 de agosto de 2017
viernes, 18 de agosto de 2017
miércoles, 9 de agosto de 2017
Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México, 16 de noviembre de 2009.
Corte Interamericana de
Derechos Humanos, Caso González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México, 16 de
noviembre de 2009.
Referencia:
(Consultado
el 09 de agosto de 2017).
Análisis del fallo:
1- Suma.
Caso: González y otras (“Campo
Algodonero”) vs. México.
Tribunal: Corte Interamericana de
Derechos Humanos,
Partes: González y otras (familiares de
las víctimas) contra del Estado Mexicano.
Fecha: 16 de noviembre de 2009.
Objeto de la controversia:
1- La demanda se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado de México por “la desaparición y ulterior muerte” de “las jóvenes González, Herrera y Ramos”.
2- Se responsabiliza al Estado por “la falta de medidas de protección a las víctimas, dos de las cuales eran
menores de edad; la falta de prevención de estos crímenes, pese al pleno conocimiento de la existencia de un patrón de violencia de género que había dejado centenares de mujeres y niñas asesinadas; la falta de respuesta de las autoridades frente a la desaparición […]; la falta de debida diligencia en la investigación de los asesinatos […], así como la denegación de justicia y la falta de reparación adecuada”.
Objeto de la controversia:
1- La demanda se relaciona con la responsabilidad internacional del Estado de México por “la desaparición y ulterior muerte” de “las jóvenes González, Herrera y Ramos”.
2- Se responsabiliza al Estado por “la falta de medidas de protección a las víctimas, dos de las cuales eran
menores de edad; la falta de prevención de estos crímenes, pese al pleno conocimiento de la existencia de un patrón de violencia de género que había dejado centenares de mujeres y niñas asesinadas; la falta de respuesta de las autoridades frente a la desaparición […]; la falta de debida diligencia en la investigación de los asesinatos […], así como la denegación de justicia y la falta de reparación adecuada”.
Jueces:
Cecilia
Medina Quiroga (presidenta)
Diego
García-Sayán (vicepresidente)
Manuel
E. Ventura Robles
Margarette
May Macaulay
Rhadys
Abreu Blondet
Rosa
María Álvarez González (ad hoc)
Pablo
Saavedra Alessandri (secretario)
Emilia
Segares Rodríguez (secretaria adjunta)
2- Hechos.
“la desaparición y ulterior muerte” de “las jóvenes González, Herrera y Ramos”.
Los cuerpos fueron encontrados en un campo algodonero de Ciudad Juárez el día 6 de noviembre de 2001.
Falta de diligencia en investigaciones sobre desaparición y muerte de Claudia Ivette Gonzáles, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, cuyos cadáveres fueron encontrados en el campo algodonero de Ciudad Juárez.
Los cuerpos fueron encontrados en un campo algodonero de Ciudad Juárez el día 6 de noviembre de 2001.
Falta de diligencia en investigaciones sobre desaparición y muerte de Claudia Ivette Gonzáles, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, cuyos cadáveres fueron encontrados en el campo algodonero de Ciudad Juárez.
Los
Feminicidas del campo algodonero (asesinos seriales), estuvieron activos entre
1993 y 2003, en Ciudad Juárez, Chihuahua, México, y según sus confesiones
secuestraron, torturaron, violaron y asesinaron a sus víctimas.
3- Derecho.
(Puntos
resolutivos: parte declarativa del fallo)
4. El Estado violó los derechos a la
vida, integridad personal y libertad personal reconocidos en los artículos 4.1,
5.1, 5.2 y 7.1 de la Convención Americana, en relación con la obligación
general de garantía contemplada en el artículo 1.1 y la obligación de adoptar
disposiciones de derecho interno contemplada en el artículo 2 de la misma, así
como con las obligaciones contempladas en el artículo 7.b y 7.c de la Convención
Belém do Pará, en perjuicio de Claudia Ivette González, Laura Berenice Ramos
Monárrez y Esmeralda Herrera Monreal, en los términos de los párrafos 243 a 286
de la presente Sentencia.
5. El Estado incumplió con su deber de
investigar -y con ello su deber de garantizar- los derechos a la vida,
integridad personal y libertad personal, consagrados en los artículos 4.1, 5.1,
5.2 y 7.1 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 de
la misma y con el artículo 7.b y 7.c de la Convención Belém do Pará, en
perjuicio de Claudia Ivette González, Laura Berenice Ramos Monárrez y Esmeralda
Herrera Monreal. Por
los mismos motivos, el Estado violó los derechos de acceso a la justicia y
protección judicial, consagrados en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención
Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la misma y 7.b y 7.c de la
Convención Belém do Pará, en perjuicio de: Irma Monreal Jaime, Benigno Herrera Monreal, Adrián Herrera Monreal, Juan Antonio
Herrera Monreal, Cecilia Herrera Monreal, Zulema Montijo Monreal, Erick Montijo
Monreal, Juana Ballín Castro, Irma Josefina González Rodríguez, Mayela Banda
González, Gema Iris González, Karla Arizbeth Hernández Banda, Jacqueline
Hernández, Carlos Hernández Llamas, Benita Monárrez Salgado, Claudia Ivonne
Ramos Monárrez, Daniel Ramos Monárrez, Ramón Antonio Aragón Monárrez, Claudia
Dayana Bermúdez Ramos, Itzel Arely Bermúdez Ramos, Paola Alexandra Bermúdez
Ramos y Atziri Geraldine Bermúdez Ramos, de conformidad con los párrafos 287 a
389 de la presente Sentencia.
4- Conclusión.
La corte
emite sentencia en contra del Estado Mexicano.
(Puntos
resolutivos: parte dispositiva del fallo)
Recomendaciones:
a- Conducir debidamente el proceso
penal.
b- Reconocer públicamente su
responsabilidad internacional.
c- Develar un monumento en memoria de
las víctimas.
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